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  • Consulta : 167148
  • Autor : Juridico_edomex
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    Respuesta No: 282731

  • Juridico_edomex
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues francamente SI EXISTE un contrato de ARRENDAMIENTO debieron de establecer el tiempo de duracion del uso y disfrute del bien inmueble, por consiguiente al no respetar una de las partes lo pactado ustedes pueden demandar ya sea el cumplimiento o incumplimiento del contrato, ahora eso del deposito ¿NO SE PORQUÉ? pero ustedes estan RENTANDO por un contrato VERBAL, por consiguiente, luego dicen "LAS PALABRAS SE LAS LLEVA EL VIENTO" ustedes pueden estar sin ningun problema en el inmueble, ya que esa persona les permitio el acceso y esta lucrando con esa circunstancia, el hecho de que ustedes ya no lo puedan enrriquecer no constituye ninguna conducta contraria a la ley, luego entonces, al pedirles el inmueble ustedes tienen la opcion de desocuparlo o seguir habitandolo.

    Si la CUESTION FUE VERBAL, la persona que les permitio vivir en ese inmueble tiene que INVERTIR en cuestiones legales para poder recuperar su inmueble, cabe mencionar que esa persona "no puede ir a sacarlos" en ese momento estaria adecuando su conducta a la tipificada en un delito, y mientras es una o es otra el señor tendra problemas legales por un corto tiempo, pero no te doy mas ídeas, la respuesta a tu circunstancia unicamente la puedes dar tu, ya que tu decidiras si te sales o no.