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  • Consulta : 167095
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 282715

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    1.- felicidades

    2.- usted no està registrada como madre soltera

    3.-  si èl se casa con usted, puede èl adoptar a sus hijas, mediante el procedimiento correspondiente ante el Juez familiar, para lo cual debe usted contratar a un licenciado en Derecho. Si no se casan,  serà dificil que èl pueda adoptarlas, pues usted es quien ejerze por el momento patria potestad y guarda y custodia de sus hijas.

    4.-  el registro ante la iglesia,  no crea obligaciones ni derechos civiles.

    Saluditos.