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AutorRespuesta No: 282715
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Fecha de respuesta: Martes 28 de Agosto de 2012 16:55 2012-08-28 16:55 desde IP: 189.160.76.51
1.- felicidades
2.- usted no està registrada como madre soltera
3.- si èl se casa con usted, puede èl adoptar a sus hijas, mediante el procedimiento correspondiente ante el Juez familiar, para lo cual debe usted contratar a un licenciado en Derecho. Si no se casan, serà dificil que èl pueda adoptarlas, pues usted es quien ejerze por el momento patria potestad y guarda y custodia de sus hijas.
4.- el registro ante la iglesia, no crea obligaciones ni derechos civiles.
Saluditos.
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