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AutorRespuesta No: 282681
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Fecha de respuesta: Martes 28 de Agosto de 2012 11:45 2012-08-28 11:45 desde IP: 189.237.222.97
mira esto es secuestro si tu cres que no encaja en ninguno de estos casos lo que esa familia hace adelante, no tienes de que preocuparte ARTICULO 391.- Comete el delito de secuestro quien, por cualquier medio, prive de la libertad a otro, con alguno de los siguientes propósitos:
I.- Obtener un beneficio económico para sí o para un tercero;
II.- Que la autoridad o un particular realice o deje de realizar un acto cualquiera;
III.- Alterar la integridad física o mental del secuestrado o de cualquier otra persona relacionada con éste, ó
IV.- Causar daño o perjuicio económico al secuestrado o a otra persona relacionada con éste.
para mi no encuadra en ninguno, pero existe otro delito que se llama privasion ilegal de la libertad que es el particular que prive a otro de su libertad, pero a lo que tu me dices no te esta impidiendo nada, asi que en conclusion por esos delitos no podran ser sancionados
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