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AutorRespuesta No: 282779
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Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Agosto de 2012 10:30 2012-08-29 10:30 desde IP: 200.34.175.252
Que tal, ¿Con base en que determinó la aseguradora que es robado?, es decir, sí tu hermana compró un vehículo, tiene la factura del bien y la compraventa está ligada a una serie de endosos hasta el primer vendedor (que se justifique la transmisión de propiedad de persona a persona desde el dueño original hasta tu hermana), no debe haber problema para el pago de indemnización.
Sin embargo, si no existe la cadena de endosos de propiedad desde el primer vendedor hasta ella, el asegurar el vehículo no obliga a la empresa de seguros al pago de indemnización, ya que no era obligación de la aseguradora verificar esa información. En efecto, al respecto existe JURISPRUDENCIA de la Suprema Corte que considera que las declaraciones o datos del vehículo deben ser verídicos al momento de contratar por parte del asegurado, asimismo debe existir un interés asegurable (interés en que se proteja o ampare un bien del patrimonio propio) por lo que no está permitido asegurar bienes ajenos.
Cualquier problema acude a la CONDUSEF o si gustas, puedes consultarnos para una asesoría personal y especializada.
PEGZSAV ABOGADOS – Especialistas en Seguros
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