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  • Consulta : 166531
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 282258

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Pués si firmó está obligado al pago pactado y sus accesorios. Solicite recibos de cada pago que realice a efecto de que pueda demostrar su cumplimiento. El pagaré es el documento más efectivo para su cobro ya que implica su ejecución, es decir el embargo. Sólo una autoridad judicial le puede requerir el pago, si se presentan en su domicilio personas que no se identifiquen como miembros del poder judicial no le pueden molestar. Si paga que le entreguen comprobantes del pago, si no se lo entregan, no pague. Pero si se presentan a su domicilio personas que no se identifiquen como ejecutores o notificadores del poder judicial, denúncielos por el posible delto de usurpación de funciones, que no le sorprendan cuyotes.