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AutorRespuesta No: 282108
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Agosto de 2012 15:02 2012-08-24 15:02 desde IP: 187.160.183.56
Si usted es casado, entonces no puede haber adicionalmente un concubinato, usted tiene su esposa y una amante, eso es lo correcto, y la amante no tiene derecho a pensión alguna, pero sus hijos si, debe registrarlos con su apellido y proporcionarles una pensión alimentaria hasta que cumplan la mayoría de edad o hasta los 25 años si son estudiantes o durante toda su vida si tienen capacidades distintas.
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