Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 166447
  • Autor : dorae
  • Consultas en Foro: 7
  • Respuestas en Foro: 1181
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5563
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 282108

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Si usted es casado, entonces no puede haber adicionalmente un concubinato, usted tiene su esposa y una amante, eso es lo correcto, y la amante no tiene derecho a pensión alguna, pero sus hijos si, debe registrarlos con su apellido y proporcionarles una pensión alimentaria hasta que cumplan la mayoría de edad o hasta los 25 años si son estudiantes o durante toda su vida si tienen capacidades distintas.