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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Agosto de 2012 21:04 2012-08-24 21:04 desde IP: 189.160.24.162
Efectivamente coincido con que "primo tres burros" opina por opinar, e incluso ataca a lo menso, al menos a mi me cuelga cualidades que yo nunca he dicho tener, como ser especialista en amparo. En fin, Zeth, cuando le digas al primus que tiene estupidez, recuerda que es con "z.
EN FIN, CONSULTANTE:
Habrìa què analizar a fondo el motivo por el cual un jurisperito como lo es UN JUEZ excluyò la responsabilidad penal en un homicidio, pues recuerden que la legìtima defensa no solo es para salvaguardar la propia integridad fìsica ante una agresiòn inminente, inmediata y peligrosa, sino que se configura esta excluyente cuando aquellos a los que tiene obligaciòn de proteger el activo, por razòn de consanguinidad, parentesco o por que esten bajo su cuidado, se ven en peligro inminente por alguna conducta desplegada por el occiso, esto califica como LEGITIMA DEFENSA, quizas è matò para evitar que a su hijo lo agrediera o matara el occiso. Esto es un mero ejemplo.
Insisto, no hay como analizar el razonamiento del Juez y ya de ahi se emitirìa una opiniòn.
SALUDOS.
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