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  • Consulta : 165936
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 281620

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El acusado y su defensor son la misma entidad dentro del procedimiento penal.

    Como se ha dicho varias veces,  las conclusiones acusatorias del MP deben de ser puestas a la vista del procesado o reo, a efecto de que se cumplan las formalidades del proceso,  pues sin estas conclusiones acusatorias, el procesado NO PUEDE emitir las suyas.

    Es ocioso interponer algo antes de las acusatorias del representante social.

    Saludos.