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  • Consulta : 165510
  • Autor : dorae
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    Respuesta No: 281210

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Usted nos cuenta su problemática pero no dice cual es el tipo de ayuda que requiere.

    Si lo que usted pretende es un divorcio, permítame decirle que mientras usted siga cumpliendo con sus obligaciones alimentarias con su hija, no se la pueden quitar, lógicamente la niña quedara al cuidado de la madre, según lo establece la Ley, pero usted tendrá un régimen de visitas y convivencia con la menor.

    En otro orden de ideas, si el carácter explosivo de su esposa siempre ha sido igual, entonces lo que requiere es un apoyo psicológico si su problema es conductual, psiquiátrico si se determinara que su esposa tiene una patología más compleja.

    Y si esta conducta es relativamente nueva, es decir se presentó un poso antes o después del parto, estamos hablando del conocido efecto post-parto que dura mas o menos 10 semanas posteriores al nacimiento de los hijos, si este es el caso, solo hay que tener paciencia y ser tolerante.

    En cuanto a quien cuidará a su hija, lo primero que debe hacer es llevarse a su esposa e hija a un territorio neutral, ni la casa de ella, ni la suya, una independiente solo para ustedes como familia y posteriormente negociar lo concerniente al cuidado de la niña,  ejem: una semana o quince días una abuela y un tiempo igual la otra, si no se acuerda algo que sea justo tal vez la mejor alternativa es inscribirla en una estancia infantil que de manera objetiva e imparcial le brinden los cuidados necesarios para su desarrollo psicomotriz y afectivos