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  • Consulta : 165006
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 280539

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no asisten a la audiencia y están debidamente notificados y entre la notificación y la fecha de audiencia hay un plaza de 10 días hábiles como mínimo, se le harán efectivos los apercibimientos que les fueron decretados en el auto que admitió a trámite la demanda, como tener por ciertos los hechos que tu manifiestas.

    Pero primeramente se abre la etapa conciliatoria, en la que si no llegan a un arreglo, se continua con la etapa de demanda, contestación, excepciones y defensas y pruebas, y puede ser un juicio muy tardado, años y años...

    En ocasiones es mejor un mal arreglo que un buen pleito...

    Suerte!