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AutorRespuesta No: 280539
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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Agosto de 2012 17:52 2012-08-15 17:52 desde IP: 189.146.109.107
Si no asisten a la audiencia y están debidamente notificados y entre la notificación y la fecha de audiencia hay un plaza de 10 días hábiles como mínimo, se le harán efectivos los apercibimientos que les fueron decretados en el auto que admitió a trámite la demanda, como tener por ciertos los hechos que tu manifiestas.
Pero primeramente se abre la etapa conciliatoria, en la que si no llegan a un arreglo, se continua con la etapa de demanda, contestación, excepciones y defensas y pruebas, y puede ser un juicio muy tardado, años y años...
En ocasiones es mejor un mal arreglo que un buen pleito...
Suerte!
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