- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 164785
- Autor : RafaelFlMz
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 41
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5573
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 280430
-
Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Agosto de 2012 00:21 2012-08-15 00:21 desde IP: 187.139.102.179
Estimada Margarita Pérez:
El contrato primigenio que fuiste a notariar, debes inscribirlo en el Registro Público de Derechos de Autor, lo cual le dará al contrato el cáracter de documento ejecutivo y publicidad. Ásesorate del Instituto Nacional de Derechos de Autor y/o de la Sociedad de Gestión Colectiva; ésta última tiene por finalidad asesorar y proteger los intereses morales y patrimoniales de los autores.
Por otro lado, de persistir la conducta de incumplimiento de la editorial, podrás demandar tal omisión en 3 vías diferentes:
- Hacerlo vía juicio ejecutivo
- Procedimiento de aveniencia
- Juicio Arbitral
México y EUA han signado tratados internacionales que protegen tus derechos de propiedad intelectual, tales como: la Convención sobre Propiedad Literaria y Artística, Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor en obras Literarias, Científicas y Artísticas, entre otros. De esta forma la inscripción en Registro dará cuenta a todos los Estados que hayan firmado estos tratados, que cualquier inscripción en algún país, será protegido y respetado por los demás dentro de sus jurisdicciones locales.
Estas son pues las opciones que tienes: demandar el incumplimiento (y lo más recomendable es incribir el contrato antes de demandar) o asesorarte del INDAUTOR (que es la autoridad que podrá conocer del asunto) o la Sociedad de Gestión Colectiva (que es la que se encargará de darte asesoría y protección, ya que cuentan con abogados especializados).
Recibe un cordial saludo y suerte en tu asunto. Cualquier cosa me encuentro a tus órdenes.
-
Autor





