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  • Consulta : 164785
  • Autor : RafaelFlMz
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  • Autor
    Respuesta No: 280430

  • RafaelFlMz
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Estimada Margarita Pérez:

    El contrato primigenio que fuiste a notariar, debes inscribirlo en el Registro Público de Derechos de Autor, lo cual le dará al contrato el cáracter de documento ejecutivo  y publicidad. Ásesorate del Instituto Nacional de Derechos de Autor y/o de la Sociedad de Gestión Colectiva; ésta última tiene por finalidad asesorar y proteger los intereses morales y patrimoniales de los autores.

    Por otro lado, de persistir la conducta de incumplimiento de la editorial, podrás demandar tal omisión en 3 vías diferentes:

    - Hacerlo vía juicio ejecutivo

    - Procedimiento de aveniencia

    - Juicio Arbitral

    México y EUA han signado tratados internacionales que protegen tus derechos de propiedad intelectual, tales como: la Convención sobre Propiedad Literaria y Artística, Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor en obras Literarias, Científicas y Artísticas, entre otros. De esta forma la inscripción en Registro dará cuenta a todos los Estados que hayan firmado estos tratados, que cualquier inscripción en algún país, será protegido y respetado por los demás dentro de sus jurisdicciones locales.

    Estas son pues las opciones que tienes: demandar el incumplimiento (y lo más recomendable es incribir el contrato antes de demandar) o asesorarte del INDAUTOR (que es la autoridad que podrá conocer del asunto) o la Sociedad de Gestión Colectiva (que es la que se encargará de darte asesoría y protección, ya que cuentan con abogados especializados).
     

    Recibe un cordial saludo y suerte en tu asunto. Cualquier cosa me encuentro a tus órdenes.