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  • Consulta : 164152
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 279695

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No es obligación como litigante señalar la vía.

    Al rubro de tu demandas, señalarás solicitud de divorcio incausado.

    Y posteriormente, puedes señalar, vengo a presentar solicitud de divorcio en términos de los artículos tales y tales, sin tener que decir la vía (digo, si es que tienes dudas).

    Cada Juzgado tiene criterios diferentes, pero el hecho de no señalar la vía, no afecta en nada la substanciación del juicio.

    Yo los he promovido en la vía ordinaria civil y jamás me han prevenido.

    Pero también sé que algunos jueces señalan que es una vía especial, sin embargo el Código de Procedimientos Civiles, no tiene un capítulo con una trámitación especial para el divorcio incausado, por ello es que para mí, es en la vía ordinaria.

    Suerte!