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  • Consulta : 163947
  • Autor : ESTER
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  • Autor
    Respuesta No: 281677

  • ESTER
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si bien como se dice mandante y mandatario son figuras juridicas distintas no pueden recaer en  la forma en que lo expresas en una solo persona fisica, pues habria lo que juridicamente se denomina"confusión"

    Las facultades del representante deben describirse pormenorizadamente en la escritura constitutiva, generalmente el representante legal tiene aquellas facultades de un mandatario (pues en sentido estricto el es un mandatario de la moral)Lo que si es posible es que el representante legal sea tambien apoderado, pues de origen debe tener en el acta constitutiva tales facultades, para poder delegarlas en otra persona.

    Lo importante es señalar en el acta constitutiva las facultades que tendra, pues el representante legal, como mandatario que es, no puede hacer mas alla de lo que expresamente se le ha encomendado y legalmente deberá de responder por cada uno de los actos que realice en ejercicio de su representación.

    Espero te sirva y no te confunda mas.