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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Agosto de 2012 18:17 2012-08-03 18:17 desde IP: 189.212.77.179
Si usted es la que cambia de domicilio tiene la obligación de 3 cosas:
1. Informar al Juez que le dió a usted la custodia.
2. Informar al padre del niño del nuevo domicilio
3. En los días de convivencia llevarlo a la ciudad donde usted vivía hasta ahora a fin de que se lleven a cabo las convivencias, no obstante si el padre no cumple usted tampoco tiene la obligación ya que él debe mostrar el interés.
Sin embargo debe tener la disponibilidad de llevarlo a Guadalajara en caso de que el padre quiera verlo, (los días que le toca la convivencia) ya que la que está realizando el cambio es usted.
Recuerde que el derecho a la convivencia no es del padre, sino de su hijo.
Saludos
Lic. Elizabeth López
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