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  • Consulta : 162987
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 278417

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, no la pueden embargar.

    Si acude un Actuario Judicial, le notifica una demanda y le requiere el pago de una deuda, ella debe negarlo y si le enseñan un documento firmado, de igual forma debe negar que ésta sea su firma.

    Si se da el caso de que te notifiquen una demanda en contra de tu abuela, deberán contratar un Lic. en Derecho especialista en materia mercantil para que dé contestación a la demanda, en el plazo que se señale en la cédula de notificación.

    Pero si sólo son avisos, cartas o requerimientos EXTRAJUDICIALES, no tienen nada de que preocuparse, puesto que el que te va a embargar, no te avisa, llega te notifica y te embarga...

    Suerte!