- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 162978
- Autor : mascaranegra
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 1275
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5562
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 278410
-
Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 14:09 2012-08-01 14:09 desde IP: 187.194.34.43
Te puede despedir de conformidad con el artículo 47 fracción X de la Ley Federal del Trabajo, a quien en un termino de 30 dias falte mas de 3 veces se le rescindira la relación de trabajo, sin reponsabilidad para el patron.
Si asi lo hacen, solo te tocaria el finiquito.
Si hay dudas, por favor enviame un correo, contestare todos, pon tu numero de consulta en ese correo.
mhascaranegra1
arroba
hot
mail
punto
com
Estamos en contacto, respondere a todos los correos que me envien.
-
Autor





