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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Agosto de 2012 09:11 2012-08-01 09:11 desde IP: 201.137.105.251
Jesus.
En atencion a tus preguntas las respuestas son:
No estas obligado a presentar declaraciones,posterior a la suspension, pero, si estas obligado a presentar las que tengas pendientes hasta antes de la fecha de suspension.Por ejemplo, si la fecha de suspension fuel el 20 de abril de 2006, tienes que presentar declaraciones de pago provisional hasta el mes de abril del 2006, aunque la presentes en mayo, o junio o julio del 2006, ademas en abril del 2007 se tiene la obligacion de presentar la declaracion anual del 2006.
2.Si presentaste las declaraciones hasta el mes y la declaracion anual del 2007 ya no esperes requerimiento alguno, pero si todavia no las presentas, tarde que temprano te llegara el requerimiento, pero esto no quiere decir que no estes en suspension de actividades.
3.El Gobierno estatal si puede requerirte, puesto que ante ellos no has realizado el tramite de suspension de actividades, deberas de presentarte ante la tesoreria municipal y presentar tambien ante ellos la suspension de actividades, que te pediran el comprobante hecho ante el SAT.
Saludos.
CP Alejandro Vazquez
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