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  • Consulta : 162800
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 279005

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si tu poder... no es PROTO REM..  como ya te comente... no puedes  autoescriturarte.... que es la función del es particula legal... y los consules... no pueden hacer esos tramites... si fuerna... para que mandarte un poder... si te puede hacer la escrituración y tu solo hacer la inscripción... el consul no tiene esa fuerza... legalmente hablando...