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  • Consulta : 162461
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 277849

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Agradezco mucho a Primus Tribunus, sus comenarios, siempre leo sus aportaciones a este foro. No creo que porque cuatrocientos pesos sean poco y se libre del problema, signifique que deba pagar la extorsión. Así inician y después es el el pago de piso, y luego el secuestro. Si bien en cuanto a costo beneficio por una mínima "aportación" se quita del problema, en un foro de asesoría jurídica no se le puede recomendar doblar las manitas. La constructora es quien debe responder.