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  • Consulta : 162444
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 277629

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Que tal, la contestación NO de debe hacerla Usted misma, primeramente porque de acuerdo a la acción de lo que se le demande (Juicio civil mercantil, familiar, etc., en vía ordinaria o especial), debe negar el derecho y excepcionarse. Es decir, si le exigen el pago de X cantidad, debe excepcionar con el pago X (sí lo hizo) y demostrarlo, si le acusan de que se obligó a cuidar un objeto, debe excepcionarse señalando que lo cuido y probarlo.

    En ese sentido, puede pasársela diciendo “Excepción de Falta de acción y derecho consistente en…” y probarlo… Ahora sí es un juicio sumario, debe ofrecer pruebas en ese mismo momento y objetar las documentales planteadas. Contestar a los hechos diciendo, es cierto, es falso o que no le constan por no ser hechos propios.   

    Concluyendo, se necesitan conocimientos jurídicos y plantear una estrategia como bien lo han señalado, inclusive para saber si se puede contrademandar. Si no tiene dinero para pagar un abogado, acuda a la Defensoría de Oficio del Tribunal Superior de Justicia de su Estado o de las universidades públicas o privadas.

    “PEGZSAV ABOGADOS Especialistas en Seguros”.