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AutorRespuesta No: 277077
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Julio de 2012 15:07 2012-07-25 15:07 desde IP: 187.160.183.56
Si eligió el régimen pensionario de Cuentas Individuales, cuando su fondo sea lo suficientemente cuantioso para que le brinde una subsistencia digna el resto de su vida y eso, lo determinará usted mismo, según estado de cuenta sobre la capitalización de su bono de retiro.
Y si lo hizo bajo lo previsto en el Artículo Décimo Transitorio, calculando según su fecha de nacimiento, mínimo cuando cumpla los 60 años de edad.
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