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  • Consulta : 161938
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 277052

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Sí la condena para dar alimentos, fue porque la cónyuge no trabajaba en ese momento, al haber un cambio de circunstancias, puede promover un incidente para la cancelación de la pensión alimenticia (siempre y cuando sea para ella únicamente)

    Si ese porcentaje se fijó por ella y por otro hijo, se pide la cancelación y ajuste de pensión alimenticia.

    Si Usted no tiene documentación que pruebe que trabaja, puede solicitar se giren oficios a la dependencia donde trabaja, para que informe si esta persona laboral ahí (aunque sea por honorarios) así como al SAT, para saber si ella declara impuestos como trabajadora o como persona física.

    Por el tiempo, seguramente su expediente ya se fue al archivo judicial, así que primero deberá obtener los datos con los que se fue al archivo, presentar un escrito solicitando al Juez ordene la devolución del expediente al Juzgado, con los datos que haya obtenido y una vez en el Juzgado, deberá darse por notificado personalmente y notificar a su esposa, de igual forma, personalmente.

    Concluido el paso anterior, entonces ya podrá promover el incidente señalado en supralíneas.

    Asístase de Lic. en Derecho especialista en materia familiar.

    Suerte!