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  • Consulta : 161589
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 276641

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En tu caso, tu esposo tiene que acreditar que existen otros acreedores alimentarios y otras obligaciones, por lo cual el porcentaje que deba proporcionar tu esposo, se determinará en base a sus posibilidades económicas.

    Es importante saber si la demanda es ante un Juez de lo Familiar o ante el DIF, pues el DIF, es un órgano conciliatorio, no puede coaccionar a las partes a llegar a algún arreglo, así que es importante que la documentación con que cuenten se la hagan llegar a un Lic. en Derecho especialista en materia familiar, para que la analice y les diga que es lo más viable para su caso.

    Suerte!