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AutorRespuesta No: 276466
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Julio de 2012 20:48 2012-07-22 20:48 desde IP: 187.194.34.43
BUENAS NOCHES:
Es al reves, si adeudas un peso, te lo requieron de pago, no acreditaste en el juicio, haberlo pagado, no lo pagas al terminar el juicio, el acreedor, conforme a la sentencia, lo puede rematar y en la fecha de remate, adjudicarlo y pedir la desocupaciòn y entrega, y en su caso, el lanzamiento judicial
Se oye o lee muy crudo, pero con los datos aportados no hay mas que decir. Ya que si quieres oir una mentira, eso seria contrario a tu interes por la verdad.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
Kokoduro1
arroba
h o t
m a i l
punto
c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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