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AutorRespuesta No: 276498
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Julio de 2012 22:56 2012-07-22 22:56 desde IP: 187.160.183.56
La escritura de cambio de propietario de 1990 sirvió para formalizar el crédito hipotecario ante FOVISSSTE, y obviamente para la inscripción en el Registro Público de Propiedad de la localidad con el gravamen respectivo.
Pregunta: el documento donde se menciona que dicho crédito se encuentra saldado, acudieron al RPP a efectuar la liberación del gravamen?
Si la respuesta es si y las escrituras de la propiedad se encuentran libres de gravamen y no se ha solicitado nuevo crédito (para remodelar por ejemplo) entonces solo para su tranquilidad, acudan al RPP y soliciten una nueva constancia de no gravamen de la propiedad.
Si la respuesta es no, es decir, nunca acudieron a liberar la propiedad, es momento de hacerlo, con el documento que les proporcionaron en 1996 deberá ser suficiente, si consiguen liberar las escrituras, con este documento se pueden amparar ante cualquier eventualidad sobre el proceso de cobranza mencionado.
No obstante, y debido al hecho de que su señora madre cambio sus datos, es recomendable (si cuenta con el RFC y CURP anterior) accedan al sitio web del FOVISSSTE y solicite estado de cuenta, existe la posibilidad de que haya quedado un saldo pendiente de liquidar con los datos anteriores.
Ahora bien, si este es el supuesto pero ustedes cuentan con la constancia de libertad de gravamen de la propiedad, entonces no hay forma de se pueda ejercer alguna acción en contra de su señora madre, aunado al hecho de que un RFC distinto la hace ser otra persona.
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