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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Julio de 2012 18:35 2012-07-22 18:35 desde IP: 201.103.98.194
Las dos vías son independientes.
Usted puede acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje que le corresponda o a la Procuraduría del Trabajo para asesorarse.
Pero ello no impide que su patrón pueda realizar las denuncias penales, o demandas civiles que considere pertinentes en contra suya o de sus compañeros.
Pero cualquier impu tación sobre Usted, deberán probarla, así que asístase de Lic. en Derecho especialista en materia laboral y posteriormente con uno especialista en materia penal.
En ambos casos, existen defensores de oficio que puedan auxiliarlo en caso de que no pueda contratar uno particular.
Suerte!
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