Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 161438
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 276436

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las dos vías son independientes.

    Usted puede acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje que le corresponda o a la Procuraduría del Trabajo para asesorarse.

    Pero ello no impide que su patrón pueda realizar las denuncias penales, o demandas civiles que considere pertinentes en contra suya o de sus compañeros.

    Pero cualquier impu tación sobre Usted, deberán probarla, así que asístase de Lic. en Derecho especialista en materia laboral y posteriormente con uno especialista en materia penal.

    En ambos casos, existen defensores de oficio que puedan auxiliarlo en caso de que no pueda contratar uno particular.

    Suerte!