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  • Consulta : 161414
  • Autor : sergio1987
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  • sergio1987
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Por una parte tiene razón, ya que en tanto no esté reconocido su hijo por él no podrá obligarlo a que le de una pensión alimenticia. Sin embargo, si en verdad necesita que él contribuya a los gastos de su menor hijo, entonces lo que debe de hacer es iniciar una instancia civil a efecto de demandar del señor el reconocimiento de la paternidad, a efecto de que otorgue su apellido a su hijo y ahora sí contribuya con los gastos del menor para su desarrollo. Sin embargo le advierto, que el hecho de que esté reconocido como hijo suyo le da derechos también como el de convivir con su hijo, o incluso la patria potestad.