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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Julio de 2012 21:45 2012-07-18 21:45 desde IP: 189.227.117.163
Mi querido Contador:
Se ve que usted tiene poco tiempo en la jugada, o bien, nunca ha tenido problemas, pues sus colegas SIEMPRE me presumen que ustedes JAMAS DE LOS JAMASES tienen responsabilidad en lo que declara el cliente ante el SAT, y mucho menos en los créditos que son de la empresa.
Una empresa que vende facturas.... será una imprenta???
Así las cosas, si el banco inicia una denuncia por fraude en contra de la empresa, y se demuestra que usted maquinó, fraguó, realizó actos tendientes a hurdir o hacer el engaño, y que usted con estos actos obtuvo un lucro indebido... aunque no esté en el acta constitutiva de la empresa, YA SE FREGÓ !!!! Usted fue autor del delito.
pero los Contadores Públicos siempre se asesoran primero con un Licenciado en Derecho para que este les redacte un contrato de servicios profesionales... donde el Contador queda "protegido" ¿usted lo hizo?
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