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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Julio de 2012 09:00 2012-07-19 09:00 desde IP: 187.194.47.239
Creo, que el que no tiene idea es Usted Colega, ya que la forma en la que sacó la pensión conforme a la ley del 97 es de lo más absurda, ya que únicamente tomó el saldo de la cuenta individual y lo tepartió en lo que ustde señaló como expectativa de vida, cuando lo que se hace en realidad es contratar un contrato de renta vitalicia, del cual imagino no tiene conocimiento de lonque éste es, ya que la pensión se fija, en base a estudios actuariales, y cuotas determinadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de conformidad con la Ley de los SAR. Y no como Usted lo establece. Por lo que lo más viable es que determine e el saldo de una y otra y vea lo que más le conviene.
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