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  • Consulta : 160920
  • Autor : sergio1987
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  • Autor
    Respuesta No: 275610

  • sergio1987
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si bien es cierto que conforme a la ley anterior, te puedes pensionar, también es cierto que te puedes acoger a l os beneficios de la nueva ley, es decir que en vez de pensionarte conforme a tu salario, puedes conforme la nueva ley, en base a tus aportaciones en tu cuenta individual, contratar una renta vitalicia, que seguro será mayor que lo que te tocaría recibir si te pensionas conforme la ley del 73. Saludos