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AutorRespuesta No: 275657
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Julio de 2012 02:40 2012-07-19 02:40 desde IP: 201.141.174.88
Buena noche. Si terminaste la relación laboral en marzo, tu derecho a reclamar ha prescrito, es decir, ya no puedes demandar pago alguno posterior a dos meses de haber culminado el vinculo. Si aun estas en ese término de dos meses, si puedes demandar aun en el estado en que actualmente vives. Suerte.
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