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  • Consulta : 160653
  • Autor : ARIMATEA
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  • Autor
    Respuesta No: 275252

  • ARIMATEA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Efectivamente Jesica. Cuándo uno renuncia no le corresponde liquidación, solo finiquito. Y esa es la parte proporcional del aguinaldo que va de este año, vacaciones que no hayas disfrutado y la parte proporcional de la prima vacacional. Como aqui te lo dijeron en este foro, si fuiste una persona querida y realizaste tu trabajo con esmero, puedes plantear tus motivos de salida, y tus jefes o dueños de la empresa "podrían" darte algo extra, pero OJO no es su obligación hacerlo. Conforme a la ley insisto, solo es la parte proporcional.

    Un abrazo, suerte!!