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Fecha de respuesta: Martes 17 de Julio de 2012 13:21 2012-07-17 13:21 desde IP: 201.103.98.194
Por renuncia voluntaria sólo tienes derecho al pago de las prestaciones devengadsa y no pagadas, como son: salarios pendientes, partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, como cualquier otra prestación adicional que se establezca en tu contrato de trabajo.
Suerte!
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