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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Julio de 2012 10:01 2012-07-18 10:01 desde IP: 201.103.98.194
El hecho de que la fundamentación sea inadecuada, no implica que no exista fundamentación y por ello, el sobreseimiento es correcto, pues previo al juicio de amparo, se debió interponer el Juicio de Nulidad.
Aquí podrás manifestar todas las injusticias que quieras, pero si no agotaste el principio de definitividad y no te encuentras en ningún caso de excepción, el que cometió el error al interponer el juicio de garantías, fuiste tú.
Si ingresas de nuevo tu petición y se vuelve a negar, entonces presentas el juicio de nulidad, porque el recurso administrativo es pérdida de tiempo, confirmarán la resolución y este es optativo, pero el juicio de nulidad debe ser agotado antes del juicio de amparo.
Pero aún así podrían decirte que eso ya fue un acto consentido y materia de un juicio de amparo, así que tampoco es seguro que obtengas una resolución favorable, a veces depende del criterio donde se radique tu asunto o como lo defienda la SEP.
Yo no sé si sea más complicado cambiar el nombre que llevarse un par de años en el juicio de nulidad, en el cual puede obtener una resolución favorable o contraria a sus intereses.
Suerte!
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