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Fecha de respuesta: Martes 17 de Julio de 2012 14:36 2012-07-17 14:36 desde IP: 148.246.165.82
Pues el no vendio la garantia, pues el dejo como garantia los papeles del carro, mas no el carro, me explico, porque si no como es que lo vendio, asi que la garantia la tienen todavia ustedes que son los papeles...
Por lo tanto no ha vendido el deudor la garantia, la entrega de los papeles era para justificar una propiedad a la cual en caso de no pagar se iria el acredor sobres ese bien mueble para recuperar el dinero, o en su caso como garantia prendaria ya fuera el caso de mora o falta de pago...pero los papeles..
Tendra usted que hacer el embargo sobre el vehiculo, y el nuevo dueño (que cree que es dueño) tiene que acreditar el titulo de propiedad para no sea enbargado... al no poder hacerlo se procede, (ojo... no podra usted decir que usted ya sabe que el deudor lo vendio) ya que necesita un titulo que justifique propiedad, a endosos, no un contrato de compra venta ese no es un titulo, es un traslativo de dominio.
Aun para prestamos los contratos de la empresas como la suya contraten abogados, para elaboracion de documentacion para lo que lo clientes firmaran, o como sutentan las sociedades de credito, esto pasa por ahorrarse el abogado
Atentamente
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