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  • Consulta : 160565
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 275113

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Así es,  checa tu Código de Comercio, las leyes civiles supletorias, y en base a los artículos que se adecuen (aqui mero existen formatos, pero no hay como chutarse los códigos y aprender), ofrece un escrito dirigido al Juez donde tú actor, te DESISTES de la acción que instaurastes.

    No tienes por qué decir los motivos, eso sí, solicita se levante el embargo instaurado, y tampoco es necesario que la contraparte acepte o no.  te devolverán el documento base de la acción, que si eres honesto, se lo entregas al que ya te pagó.

    Eso sería todo.