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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Julio de 2012 21:53 2012-07-16 21:53 desde IP: 189.227.117.163
MMmmmmm.. esto me suena raro.
por lo siguiente:
- Una revolverdora de concreto no corre grandes distancias, y transporta su PROPIO PRODUCTO, no hace fletes. es decir, si yo muevo mi propia carga, por que es mía, por que yo la compré, NO necesito placas de SCT, es decir, Federales, aunque sí circule por tramos federales.
la SCT no impone ese tipo de infracciones.
Quien impone infracciones por falta de permiso de carga es LA POLICIA FEDERAL, y el no traer placas del servicio público federal, cuando andas FLETEANDO, es decir, cuando prestas servicios de carga A TERCEROS , con mercancía o concreto que NO ES DE TU PROPIEDAD, sí es una infracción, y anda casi en 20 mil pesos.
Pero se me hace raro en este caso. Este tipo de infracciones se dan en redilas, plataforma, caja seca, termo, góndolas, etc.. pero no en trompos de concreto, pues ellos son propietarios de esa mercancía.
Saludos.
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