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  • Consulta : 160557
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 275107

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Ok:  al haber testamento otorgado, es posible hacer esta sucesión por medio de un Notario Público, hasta ahi vamos bien.

    Si vives en el cuarto de servidumbre de casa tus padres, es por que la casa está ocupada, en este caso, mejor no le des copia del testamento, aunque va a haber un momento en que todos los herederos lo escucharán.  En relación a la adjudicación del inmueble, te informo que esta NO PROCEDERA, y menos si hay testamento. Así esté desocupado.  Por ese lado despreocúpate.

    1.- El costo va a depender del monto de la herencia

    2.- Algunos meses

    3.- Por supuesto que puedes cotizar con varias Notarias

    4.- Básicamente te falta mencionar EL PAGO PREDIAL AL CORRIENTE

    5.- En cuanto a los beneficios fiscales,  pues la verdad no sabría yo decirle.

    6.- Sí es posible, pero lo mejor es que el inmueble esté adjudicado, pues como está su situación, se puede meter en problemas al prometer una compra-venta en la cual un propietario NO ESTÉ DE ACUERDO.

    7.- Con que de entrada acuda con un Notario Público, y este le explique todo, es más que suficiente, una vez que él haya leido los testamentos y verifique la documentación.

    Suerte.