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AutorRespuesta No: 275047
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Julio de 2012 17:24 2012-07-16 17:24 desde IP: 201.103.98.194
Todo eso debe estar previsto en el Reglamento Interior de la empresa, si no lo tiene, pídalo en Recursos Humanos y ahí podrá verificar qué puede o no puede hacer el patrón, en relación a las incidencias de los trabajadores...
Suerte!
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