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  • Consulta : 160387
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 275022

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     FER.LUG

    Una cuestion es el INFORME POR ESCRITO y otra muy diferente el EXTRACTO de este primero, para su conocimiento ambos se presentan por escrito y de manera separada, el extracto no es mas que un resumen de lo que usted argumento en el informe por escrito al dar contestacion al escrito de reclamacion presentado por la parte consumidora, al no haberlo presentado en esos terminos es por ello que le hicieron efectivo el apercibimiento de multa. la cual podra impugnar pero que gane usted esa impugnacion lo dudo mucho.

    Saludos.