Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 160363
  • Autor : GOMG
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 24
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 274883

  • GOMG
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mira  el juicio se llama prescripcion positiva debes de poseer el bien por mas de 5 años de buena fe y que esta posesion haya sido de la suguiente

    Publica.- que tu posesion haya  sido conocida por todos

    Pacifica.- que no haya mediado violencia  en la posesion

    Continua.- que no haya sido interrumpida la posesion por demanda alguna

    Por mas de 5 años si es de buena fe y 10 si es de mala fe

    Aparte acreditar la causa generadora de la posesion (donacion, compraventa, ya sea verbal o por escrito en contarto privado).

    Es menester  aclarar que por el lado del divorcio no puedes hacer absolutamnete nada respecto del bien pero tienes una ventaja LA POSESION del bien.

    Cualquier duda este es mi correo guillermogm_72live saludos