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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Julio de 2012 11:14 2012-07-14 11:14 desde IP: 201.124.58.181
Tiene que acudir a un Juez de lo Familiar de su Municipio y en la Defensoría de Oficio solicitar se le asigne un abogado para que lleve su asunto.
El DIF no tiene facultades para obligar a nadie, así que sólo un Juez de lo Familiar puede obligar a su esposo a dar una pensión alimenticia.
De igual forma, en algunos Estado de la República, el incumplimiento de las obligaciones alimentarias es un delito, así que también acuda a la Agencia del Ministerio Público y con el defensor de oficio, solicite una asesoría al respecto.
Suerte!
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