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  • Consulta : 160120
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 274513

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para la competencia de un juicio sucesorio, en el Código Procesal de Michoacán, se establece lo siguiente:

    Artículo 171. En los juicios hereditarios es competente el juez en cuya comprensión haya tenido su último domicilio el autor de la herencia; a falta de ese domicilio, lo será el de la ubicación de los bienes raíces que forman la herencia y si estuvieren en varios distritos, el juez de cualquiera de ellos a prevención; y a falta de domicilio y bienes raíces el del lugar del fallecimiento del autor de la herencia. Lo mismo se observará en casos de ausencia.

    Así que todo dependerá de cómo estén de acuerdo los herederos, pues podrían señalar que su domicilio del finado era en Michoacán, pero falleció en México porque tuvo que atenderse medicamenten allá... por ello es imprescindible que platique con Lic. en Derecho especialista en materia familiar y sucesiones de su Estado para que le diga lo que procede en su caso concreto y no tengan que realizar un juicio en el Distrito Federal, donde físicamente no puedan estarle dando seguimiento Ustedes.

    Suerte!