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  • Consulta : 159638
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 274051

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, no hay problema.

    En materia de alimentos, puedes elegir para demandar el lugar de tu domicilio o el de deudor alimentario.

    Si el vive en el D. F. puede convenirte demandar ahí porque ya no tendrás que notificarlo con exhorto.

    Pero si el vive en el Estado de México como tú, entonces es competente nada más un Juez del Estado de México.

    Suerte!