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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Julio de 2012 14:08 2012-07-09 14:08 desde IP: 187.194.30.248
si te allanas... convalidas la deuda...y la tendras que pagar...
pero si ya hubo caducidad de la instancia... es mejor pedir esa caducidad y que se vuelva a iniciar el juicio... eso lo decide que demanda y no el demandado... tu pide la caducidad y si no se concede... entonces te allanas...
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