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  • Consulta : 159098
  • Autor : NGUSTAVO01
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  • Autor
    Respuesta No: 273564

  • NGUSTAVO01
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Vera,no se si  Usted recida en un condominio o unidad habitacional, de ser este el caso recordara o bien debe solicitar el reglamento del condominio, de paso en las juntas de condominos relativas a la administración deberá exponer el caso y de acuerdo a los estatutos de su junta condominal decidir lo que procesa. Usted puede tener mejor referencia a través de la Ley de Propiedad en Condominio del Estado de México. Ahora, otra opción lo constituye la vía administrativa a través de interponer la queja ante el Oficial Conciliador de su Municipio, quien debera citar a sus vecinos para llegar a un arreglo, so pena incluso de ser multados, por último en caso de  afectacíon material estará en condiciones de denunciar el delito de daño en los bienes ante el M.P.

    EN CASO DE NECESITAR ASISTENCIA PUEDE ESCRIBIRNOS PARA UNA COTIZACIÓN. SUERTE.