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  • Consulta : 158901
  • Autor : LIC RODRIGUEZ E
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  • Autor
    Respuesta No: 273377

  • LIC RODRIGUEZ E
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado (a) aleliglez_89_NR:    Primeramente tiene que saber que es lo que quiere esa quinta persona, usted esta decidiendo por ella? o es la voluntad de esa quinta persona repudiar la herencia ?. Le informo que dentro de los juicios sucesorios todos los hijos tienen derecho a una parte alicuota de los bienes que hubiese dejado el fallecido (de cujus), es necesario que esa quinta persona tenga conocimiento del procedimiento judicial que se va a iniciar, ya dentro de ese procedimiento esa persona podra acudir al tribunal  o no a ejercitar sus derechos.
     
    Evadir obligaciones y responsabilidades tambien tienen consecuencias juridicas. Posiblemente usted quiera otra cuestion y lo correcto deberia plantear la pregunta con base a la verdad y asi se le podria dar la mejor opinion o recomendacion. Lo anterior le digo por que dentro de esta foro se le podrian dar ciertos tips que son legales y correctos, como la cesion de derechos hereditarios a titulo oneroso, el repudio, etc, sin que afecte a esa quinta persona,  exiten opciones. Le invito que consulte a un abogado titulado que conozca la materia familiar en especial las sucesiones, recuerde que la consulta de un perito en derecho tiene un costo. Saludos y epero que le sirva mi opinion.