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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Julio de 2012 09:36 2012-07-18 09:36 desde IP: 187.194.215.54
El Albacea dentro de sus funciones es la de llevar la administración de los bienes masa de la herencia, esto quiere decir que una vez, que se haya hecho el nbramiento aceptación y discernimiento delcargo, entonces el albacea es la persona idónea para recibir y cobrar las rentas generadas en virtud del contratode arrendamiento celebrado por el autor de la sucesión. Por lo que está facultado incluso para exigir el pago judicialmente de rentas adeudadas y más importante aún, demandar el deshaucio correspondiente. Pero esto únicamente, por lonque dura la tramitación del intestado o testamentario, una vez adjudicadas las propiedades el albacea deja de ser, y corresponderá a los nuevos titulares ejercitar las acciones correspondientes
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