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  • Consultor
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo primero es que usted guarde comprobate de todo lo que le da al menor, ya sea los recibos y si  puede cada vez que le lleve cosas hagase acompañar de un testigo a fin de que pueda acreditar que ha cumplido con su obligación alimentaria.

     

    Por otro lado usted tiene derecho a convivir con su hijo fuera del domicilio de ella, por lo que puede demandar ante los juzgados familiares un régimen de convivencias a fin de que se lo pueda llevar al menos dos dias cada dos semanas, sin embargo debe tomar en cuenta que debido a que el niño es muy pequeño requiere de los cuidados de su madre, por lo que al principio podrían ser por pocas horas y regresar a su casa y después llevárselo fines de semana completos e incluso vacaciones. Es su derecho.

     

    Quedo a sus ordenes para cualquier duda al respecto

    Saludos

    Lic. Miguel A. Argumedo

    52195455