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  • Consultor
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante los convenios entre las partes son los que se les debe hacer caso y usted, como dijo, aceptó el segundo descuento.

     

    Sin embargo no es correcto que se le descuentes dos porcentajes diferentes para una misma pensión, ya que por ejemplo es el 20% de sus ingresos ordinarios y extraordinarios, es decir, de cualquier cantidad que usted reciba.

    Además 20% por un solo acreedor alimenticio es mas que suficiente.

     

    Es por ello que debe hablar con su abogado a fin de que interrumpan la pensión de alguno de los dos juzgados ya que no es correcto que tenga dos pensiones por la misma persona.

    En todo caso las cuestiones relacionadas con la pensión alimenticia nunca hay cosa juzgada y usted puede pedir la cancelación de una de las pensiones o en su caso la reducción de dicha pensión si sus ingresos son menores o han aumentado los de la madre quien también tiene obligaciones con dicho menor.

    Hable con su abogado ya que si le está cobrando tan bien como dice, tiene que hacer su trabajo. Y en caso de que no esté en busca de los intereses de usted, entonces busque otro a quien le tenga mas confianza.

     

    Quedo a sus órdenes para cualquier aclaración al respecto

    Saludos

     

    Lic. MIguel Angel Argumedo

    52195455